Santo Domingo.- Ante las advertencias de la defensa de Pedro Padovani, exempleado del Instituto Nacional de Transito y Transporte Terrestre (Intrant), de que este jueves apagarían el servicio de semáforos, el abogado Bunel Ramírez afirma que de esto ocurrir no existe una ley que condene el hecho.
El profesional del derecho explica que no hay una ley que castigue esa acción y que en el Código Penal no está tipificado, ni en la ley de terrorismo ni de tipo penal. En tal caso quien tiene potestad para intervenir es el Defensor del Pueblo por tratarse de un hecho que afectaría a una gran masa o el gobierno expropiar a la empresa que maneja el servicio.
Ramírez comenta que los semáforos son parte de un servicio público de transporte, por lo que la acción afectaría y repercutiría en la economía, la salud y la propia Seguridad Nacional, debido a que si se forma un caos va a afectar a todos los sectores.
Además del Defensor del Pueblo, otro organismo que pudiera intervenir, explica el jurista, es la Policía Nacional, ya que la ley de esta institución castrense habla del mantenimiento del orden público, «y aquí habría eso, por lo que puede actuar para impedir que se haga la advertencia o se restablezca el servicio, pero para someter a alguien no se puede sancionar, a menos que un gran grupo de manera colectiva pudieran actuar en contra de ellos por daños y perjuicios», aclaró.
Sobre la potestad del Poder Ejecutivo, el conocedor del derecho dice que lo que este órgano puede hacer es expropiar a la empresa que maneja el servicio de semáforos y buscar una entidad pública que pueda administrarlo.
«Al tratarse de algo de interés nacional el Gobierno puede expropiar», manifestó.
El abogado concluyó explicando que en otros países hay leyes de Seguridad y Defensa que tipifica este tipo de acciones como ilegales o penal, pero que en República Dominicana ese proyecto de ley aún se encuentra en el Congreso donde se contempla como un tema que afecta la Seguridad Nacional.