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JCE aprueba presencia de observador durante elecciones del 5 de julio

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La Junta Central Electoral (JCE) aprobó este miércoles la ratificación de la presencia de un observador de escrutinio para aquellos partidos políticos que no tienen representación en los colegios electorales por concurrir aliados a otras organizaciones políticas, cuya presencia solo será permitida una vez se haya declarado cerrada la votación y abierta la fase de escrutinio.

A través de la Resolución 45-2020, el Pleno, presidido por Julio César Castaño Guzmán, aprobó que la Junta le entregará un gafete al observador acreditado, sin el cual no podrá ejercer sus funciones y solo tendrá derecho a presenciar el conteo de los votos, el llenado de las actas y el escaneo y transmisión de los resultados.

“En ningún momento pretendan tener voz y voto en las actuaciones o decisiones que se tomen en los colegios electorales. De igual forma, podrán grabar la jornada de escrutinio ya sea con sus propios aparatos celulares o cualquier dispositivo electrónico utilizable para tales fines”, reza la resolución.

El documento indica que si durante la fase de escrutinio un miembro del colegio, un delegado titular, un suplente acreditado o el observador produjeren actos que alteren el normal desenvolvimiento del proceso, el presidente de la mesa ordenará la intervención de la Policía Militar Electoral para que se reestablezca el orden. “Las actuaciones continuarán una vez se hayan retirado del colegio aquellas personas que hayan ocasionado las situaciones que alteraren la normal ejecución de esta fase”.

Los observadores nacionales e internacionales, al igual que los miembros de la comisión de acompañamiento a la Junta Central Electoral sugerida por el Consejo Económico y Social (CES), deberán tener su acreditación en todo tiempo.

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El Pleno estableció que las disposiciones mantendrán vigencia si fuere necesaria la celebración de una segunda elección del nivel presidencial, fijadas para el 26 de julio del 2020.

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